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Comuna 4: Presentaron una carta al Jefe comunal

Comuna 4: Presentaron una carta al Jefe comunal

Vecinos de la comuna 4 integrada por los barrios de La Boca, Barracas,  Parque Patricios y Pompeya entregaron una carta al Jefe Comuna Jorge Apreda con copia a los otros seis  comuneros en relación al irregular desarrollo de la ultima reunión del Consejo Consultivo que termino con los violentos hechos que pusieron en grave peligro   la vida de dos vecinos participantes

Al Sr. Presidente de la Junta Comunal N° 4

D. Jorge Apreda
S/DNos dirigimos a usted en relación a los hechos ocurridos el día 4 de mayo del corriente en la reunión convocada por ese organismo comunal, en su sede de la calle Del Barco Centenera 2906. Cabe aclarar que aquí no nos ocupan los hechos de violencia por los cuales hubo que dar por finalizada dicha reunión, porque esos están ya en manos de la justicia, que es el poder que deberá determinar las responsabilidades del caso. Sino que nos referiremos al desarrollo inherente de la misma.

Desde el comienzo de la reunión no se respetó el mínimo orden democrático con votaciones a mano alzada, en las que apenas una minoría levantaba la mano para que la moción se diera automáticamente por aprobada. La primera de las votaciones se realizó a las apuradas. Una persona presentó una lista con siete vecinos para moderar la reunión. Los nombres, elegidos entre gallos y medias noches por los comuneros, fueron votados por unas pocas manos (la mayoría de empleados de la Comuna 4) y rápidamente la lista se dio por aprobada.
Cuando uno de los participantes se quejó porque en la mesa no había representantes del barrio de La Boca, Roberto Gorza (quien quedó presidiendo esa mesa coordinadora) convocó a un “amigo de la casa”, según sus palabras, quien, sin consultar a los demás participantes, nominó a un hombre y lo instó a ocupar un lugar en la mesa, sin que esa junta cuestionara o pusiera a votación la propuesta.
Esa y otras votaciones -como la de la supuesta nueva convocatoria a Consejo Consultivo para el día 1 de junio- se votaron sin que el presidente de la mesa levantara la vista para observar quiénes apoyaban o rechazaban la propuesta en discusión.
Al mismo tiempo queremos destacar que cada vez que alguien intentaba tocar el tema de la auto convocatoria de Consejo Consultivo del día 16 de marzo, y su decisión de pedir una audiencia pública en torno a la venta de los terrenos de “Casa Amarilla”, el clima de intolerancia verbal se ponía muy denso.No sólo porque se interrumpía constantemente a los oradores mediante un griterío que no permitía expresarse a quien estaba en uso de la palabra, sino también profiriendo amenazas, tratando de amedrentar a los asistentes del evento, en un claro desprecio por la participación ciudadana.
En virtud de las circunstancias descriptas más arriba, entendemos que todo lo actuado en el Consejo Consultivo Comunal carece de validez.
Toda vez que se ha incumplido la normativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respecto de la Ley 1777, en sus artículos 3 incisos b, c y g, 4 inciso e, 26 inciso i y l y 32 segundo párrafo [Atribuciones de los miembros de la Junta Comunal. Son sus atribuciones: Área de Participación Vecinal: a. Instrumentar las medidas que garanticen el funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal y b. Promover y desarrollar mecanismos de democracia participativa en el ámbito de la Comuna.] por cuanto en las condiciones en las que se desarrolló la reunión nunca se pudo lograr consolidar un ámbito de debate dentro del marco del respeto a las ideas y de esta manera, difícilmente se incremente la participación de los vecinos en los temas que les incumben a toda la ciudadanía.
Además, se violóel mismo artículo 26 inciso M, pues ante el ambiente de violencia y el mal momento vivido -de milagro, los dos agredidos hoy están con vida- los funcionarios públicos presentes no requirieron la intervención de la fuerza pública para contener los desmanes.
Por otra parte, se violó la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sus artículos 1, 12 inciso 2, 34 y 62 y 63. Además de conculcar derechos constitucionales básicos como los contenidos en los artículos 1, 14, 18, 19 28 de la Constitución Nacional. Esto en la inteligencia que no se han considerado las formas republicanas de gobierno, ni el derecho que detenta toda persona a peticionar ante las autoridades, que surge la de plantear a los funcionar
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