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El 28 de octubre comienza el juicio contra el médico acusado por pornografía infantil

El 28 de octubre comienza el juicio contra el médico acusado por pornografía infantil

El 28 de octubre comienza el juicio contra el médico del hospital Garrahan en el caso que conmociono a todo el país, así lo informó el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n.° 6 de la Ciudad de Buenos Aires comunica que el día lunes 28 de octubre de 2019 a las 10:00 horas dará comienzo el juicio oral y público fijado en la causa arriba mencionada, que se le sigue a Ricardo Alberto Guillermo Russo por distintos delitos previstos en el primer y tercer párrafos del art. 128 del Código Penal. Concretamente, la Fiscalía y la Querella lo acusan por los delitos de producción, facilitación, distribución y tenencia con fines de distribución de material de pornografía infantil. Intervendrán en el debate los siguientes profesionales: Por la Fiscalía, la Dra. Daniela Dupuy, titular de la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas n.° 12. Por la Querella, en representación del Consejo de Administración del Hospital de Pediatría «Prof. Dr. Juan P. Garrahan», la Dra. María Susana Ciruzzi y/o el Dr. Gustavo Enrique Montenegro y/o el Dr. Carlos Gabriel Jait. Por la Asesoría Tutelar, el Dr. Rodrigo Dellutri, titular de la Asesoría Tutelar en lo Penal, Contravencional y de Faltas n.° 2. Y por la Defensa particular del imputado, el Dr. Ricardo Mario Izquierdo. El Juzgado que intervino en la etapa preparatoria admitió la declaración en juicio de 53 testigos, 36 de ellos ofrecidos por todas las partes, y 17 sólo por la Defensa. Está previsto que el debate se desarrolle los días lunes 28, martes 29 y miércoles 30 de octubre y el día lunes 4 de noviembre, aunque es posible, de acuerdo al desarrollo de las audiencias, que tenga que prolongarse en una o dos jornadas más, en cuyo caso ello tendría lugar los días martes 5 y miércoles 6 de noviembre. Con conocimiento y acuerdo de todas las partes involucradas, se ha autorizado la presencia de medios de comunicación en la Sala de Audiencias para que si lo desean puedan presenciar y registrar los alegatos de apertura (art. 227 del Código Procesal Penal de la CABA), los alegatos de clausura (art. 244) y la sentencia (art. 251). En atención a las características del caso, estando involucrados derechos atinentes a menores de edad (art. 22, segundo párrafo, de la ley 26.061) y en un todo de acuerdo a las pautas que en su momento fijará la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la Acordada N° 29/2008

 

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