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Via libre para el proyecto de Boca en Casa Amarilla

Via libre para el proyecto de Boca en Casa Amarilla

La Cámara de Apelaciones rechazó la demanda realizada por vecinos de La Boca, y dio vía libre para el proyecto de Boca Juniors, los terrenos conocidos como predio de casa Amarilla podrán ser adquiridos definitivamente por el Club Atlético Boca juniors y allí llevar adelante su proyecto de nuevo estadio shopping, de esta forma la sentencia judicial de cámara contradice la decisión de la jueza de primera instancia que había declarado inconstitucional la venta de los terrenos públicos de este sector del barrio de la Boca, si bien el fallo salió hace tiempo los vecinos y organizaciones se familiarizaron con lo resuelto por la Cámara de Apelaciones en estos días. Las dos resoluciones anteriores eran contrarias a los intereses del club de la ribera e impedían la privatización de las tres hectáreas del predio próximo a la Bombonera. El abogado del Observatorio por el Derecho a la Ciudad y representante de los vecinos que presentaron el recurso de amparo colectivo en 2016, Jonathan Baldiviezo, expresó que, con este fallo, la Justicia no sólo avala que el barrio de La Boca pierda un parque público, sino que habilita que la Corporación Buenos Aires Sur se maneje como una inmobiliaria que puede vender sin control legislativo todas las tierras que tiene la Ciudad en el sur”. La Corporación Buenos Aires Sur, como organismo administrador del predio, había decidido la venta de los terrenos al Club Boca Juniors en una licitación muy cuestionada. La Cámara afirma argumentó que la venta a sectores privados de terrenos públicos ubicados en el sur de la Ciudad no necesita pasar por la Legislatura porteña sino que puede realizarse directamente a través de la Corporación. El año pasado, la jueza porteña Paola Cabezas Cescato había dictaminado lo opuesto, declarando “inconstitucional” la licitación que en junio de 2016 le permitió a Boca comprar el predio. Esta postura tenía su base en el artículo 82, inciso 4°, de la Constitución local, que establece que la Legislatura debe “aprobar transacciones, disponer la desafectación del dominio público y de bienes inmuebles de la Ciudad”.

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