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La Justicia falló a favor de los vecinos en el incendio de La Boca

La Justicia falló a favor de los vecinos en el incendio de La Boca

La Justicia falló a favor de los vecinos en el incendio del conventillo de la calle Pedro de Mendoza en el barrio de  La Boca de la comuna 4, ocurrido el 20 de julio, lo hizo a través de una resolución de la magistrada Patricia López Vergara titular del Juzgado Contencioso Administrativo y T ributario N° 6 de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires. La Jueza porteña otorgó carácter colectivo a la acción de amparo impulsada por varios vecinos contra el Gobierno de la Ciudad y el Instituto de Vivienda de la Ciudad(IVC), con el objetivo de proteger su derecho a la vivienda y a la salud integral.

Vergara sostuvo en la argumentación de su fallo que “La indignidad a la condición humana al tan sólo visualizar el numeroso grupo de familias que han quedado desguarnecidas de mucho más que un techo material y de sus pertenencias, lo cual es un despojo de sus más elementales cobijos a su existencia, ya exime de mayor análisis a la trascendencia social que su solución requiere”  y agregó “la humildad que denotan las familias que no han podido procurarse otro techo exime también siquiera de imaginar que alguien con mayores recursos optara por jugar a ser ‘clochard’ y vivir en unas lonas a la intemperie al costado de la ribera”.

En consecuencia  la titular del juzgado  CAyT N° 6 de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires ordenó “la publicidad del presente proceso, a fin de garantizar que las personas que pudieran llegar a tener un interés en el resultado del litigio conozcan la existencia del proceso judicial en cuestión, en concordancia con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia Nacional en las causas ‘Halabi’ y ‘Padec’”, otorgándole a todas aquellas personas que se han visto afectadas por el incendio ocurrido el 20/07/2017 en el inmueble sito en la Av. Don Pedro de Mendoza 1447/1451 la posibilidad de integrar el proceso. A tal fin se les confiere el plazo de 10 días para que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado”.

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