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Notícias

Habitantes de la villa 21 -24 recuperan espacio verde

Se trata de lo que era la principal plaza de la villa 21 -24 del barrio de Barracas en el sur porteño y que estaba prácticamente abandonada y sin atención ni mantenimiento por parte de las autoridades.

Una iniciativa de vecinos, vecinas, junto a organizaciones sociales y políticas y barriales realizaron tareas para poner en condiciones la plaza del barrio de Barracas ante la ausencia de políticas públicas por parte del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para solucionar problemas de infraestructura.

En diálogo con FM Riachuelo María Belén Machado, del Movimiento Evita, expresó “Nos comprometimos nosotros y los vecinos a poder refaccionar para que los chicos puedan tener un espacio libre y cómodo y puedan disfrutar de la plaza”, agregó la integrante de la organización, que además es promotora de salud en el barrio, haciendo acompañamiento a adultos mayores, entrega de métodos anticonceptivos, test de embarazos y preservativos, entre otras tareas.

Los participantes de la actividad solidaria señalaron que la plaza principal de la villa 21-24 “que está muy abandonada y dejada por el gobierno de la Ciudad”, y había que recuperarla.

Por su parte Carolina Duarte, referente de la villa 21-24 y de la Confluencia Popular, aseguró que “las organizaciones que militamos, luchamos y militamos en el barrio nos juntamos para hacer el trabajo que el Estado no quiere hacer o cuando le pedís el presupuesto no te lo dan”.

“Nosotros no estamos esperando que ellos nos den, nosotros nos ponemos manos a la obra con los vecinos del barrio para hacer”, le manifestó a los periodistas de la emisora del barrio de La Boca.

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Huracán recupera los “Terrenos del Gas”

En las últimas horas llegó una excelente noticia para el club del barrio de Parque Patricios. la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) otorgó el uso precario y gratuito de un inmueble a la entidad deportiva para la construcción de obras que beneficiarán a la comunidad. El predio esta ubicado frente al estadio Tomas Ducó. Se trata de un espacio que ya había sido cedido a la entidad y producto de la impericia de la gestión anterior se perdió la cesión.

El inmueble, conocido por los “Quemeros” como los terrenos del gas” está ubicado en la calle Luna s/n, Comuna 4, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuenta con una superficie de 12.471 m². El predio se destinará a la construcción de cuatro playones polideportivos medianos, un playón polideportivo grande y un centro de capacitación de cuatro aulas, con sus correspondientes vestuarios, baños, y un sector de juegos para niños y niñas. Las instalaciones cubrirán las necesidades diarias de esa entidad deportiva, en beneficio de la comunidad.

Del acto de firma participó el presidente de la AABE, Eduardo Albanese, junto al presidente del Club Atlético Huracán, David Garzón; su vicepresidente primero, Gustavo Mendelovich; su vicepresidente segundo, Abel Poza; la responsable de la Subcomisión de Asuntos Legales, Maia Daer, y su par de la Subcomisión de Cultura, Historia y Derechos Humanos, Néstor Vicente.

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La Justicia resolvió en favor de los vecinos y vecinas de La Boca

La justicia ordenó al Gobierno porteño a crear un registro de desalojos del Barrio de La Boca y establecer una línea de comunicación directa para brindar asistencia, a fin de activar protocolos de atención para la población afectada.

La medida cautelar fue dictada en una causa iniciada en 2019 por un grupo de vecinos, patrocinados por el Ministerio Público de la Defensa (MPD), quienes denunciaban el incumplimiento de la Ley de Emergencia Urbanística y Ambiental del Barrio de La Boca. En el fallo, se señaló la necesidad de que exista un mecanismo de comunicación exclusivo y directo para que el GCBA se anoticie de las emergencias y desalojos y brinde la asistencia correspondiente.

El MPD informó  que en el marco de un amparo colectivo en el que intervino el Defensor Oficial Ramiro Dos Santos Freire, el Juzgado de Primera Instancia en lo CATyRC Nº 1 resolvió, como medida cautelar, ordenar al GCBA que, en el plazo de 10 días, establezca una línea de comunicación directa (telefónica y digital) para que la población en general pueda denunciar la existencia de desalojos inmediatos y programados en el Barrio de La Boca, específicamente en el polígono delimitado en las leyes 2240 y 4353, que declararon la Emergencia Urbanística y Ambiental en la zona.

Asimismo, la jueza resolvió que el Gobierno deberá llevar a cabo un registro de los desalojos que se denuncien y de su derivación y atención posterior. Específicamente, en el caso de los desalojos que se conocieran con fecha cierta, la administración deberá estipular los plazos previstos a fin de efectuar los relevamientos, informes, asistencia y demás acciones establecidas en el “Mecanismo de Comunicación para la Asistencia ante la Emergencia y Desalojo”.

Por último, la magistrada dispuso que el GCBA deberá “dar a conocer las líneas de atención previstas y protocolos de actuación a través de los canales oficiales de comunicación del GCBA y de las Comunas”. Sobre todo, deberá informarlas a los centros de asistencia social y comunitaria para que éstos difundan su existencia.

El amparo había sido iniciado en 2019 por un grupo de vecinos del barrio, agrupados en el colectivo La Boca Resiste y Propone (LBRyP) a quienes luego se les habían unido como actores el Presidente de la Comuna 4 en representación de la Junta Comunal, el CELS, ACIJ y el Observatorio del Derecho a la Ciudad. También interviene mediante un amicus curiae  el Programa DESC de la Defensoría General de la Nación. Solicitaban que se ordenara al GCBA que proceda a la efectiva ejecución e implementación de la ley 2240. Entre otras medidas, requerían que el Gobierno presente un plan de contingencia con respecto a los incendios y derrumbes en el barrio y que inicie un registro de los desalojos, previendo un plan para prevenirlos y acciones concretas de intervención para resguardar a las familias afectadas.

La acción de amparo, entre otras cuestiones, señala la necesidad de establecer medidas para revertir la situación de emergencia ambiental y urbanística del Barrio, en particular para prevenir los desalojos sistemáticos, que a su vez se vinculan con procesos de especulación inmobiliaria y gentrificación que desplazan a los habitantes del Barrio.

También, la necesidad de que el Estado cumpla sus obligaciones establecidas en la Constitución de la Ciudad y en las leyes, y se establezcan medidas para paliar los efectos de incendios o derrumbes derivados de la situación de emergencia habitacional, y que generan que haya familias que quedan en situación de calle.

En sus intervenciones en las numerosas audiencias realizadas en el marco de la causa, el Defensor Oficial Dos Santos Freire había señalado la gravedad de la situación que se vive en La Boca. Al respecto, había destacado que no se han dispuesto programas y proyectos específicos para tratar la emergencia del barrio, tal como dispone la ley 2240. Asimismo, había planteado que si bien existen desalojos sistemáticos en la zona (de hasta 200 en curso), no se cumple con lo dispuesto por la ley 3706, pues no se asiste a las personas cuando están en inminente situación de calle (en la mayoría de los casos, evidenciándose la ausencia de los organismos del GCBA que debieran intervenir, como el Programa BAP, el Ministerio de Desarrollo Humano y el IVC). En este sentido, el Defensor Oficial había manifestado que “resulta más racional la asignación de recursos de modo anticipado en tanto amplía la gama de soluciones y permite tratar con tiempo las alternativas que siempre son menores y más costosas en la urgencia”.

Por su parte, la magistrada afirmó en su fallo que, del marco normativo, “se desprende la obligación de la Administración de dirigir sus recursos técnicos, humanos y económicos de modo prioritario hacia las zonas y personas más desfavorecidas de la Ciudad. Sin hesitación, en tanto expresamente ha sido declarada una zona en emergencia habitacional. Asimismo, destacó que, conforme el plexo normativo consagratorio del derecho a la vivienda y los términos de la Observación Nro. 4 [del Comité DESC], el Estado local cuenta con la obligación de asistencia a las personas involucradas en los procesos de desalojos de modo tal de garantizar -sobre todo a quienes se hallan en situación de extrema vulnerabilidad- el acceso a una nueva morada y a los servicios básicos habitacionales (…). También se ha aconsejado allí la procedencia de contar con información sobre la atención a los desalojos como forma de monitorear el efectivo cumplimiento de las disposiciones del pacto”.

Partiendo de aquí, la jueza señaló que el principal cuestionamiento en la causa era “la inexistencia de un modo de poner en conocimiento de la Administración las situaciones de vulnerabilidad y riesgo derivadas del desalojo o colapso de inmuebles y, por ende, la puesta en marcha de los mecanismos estaduales de respuesta. Ello así, el requerimiento del dictado de un protocolo para atención en la zona debe ser acotado y entendido en tales términos: no en el sentido de efectuar un plan o régimen de asistencia sino un régimen de comunicación eficaz que permita que la asistencia que ya se encuentra programada por el GCBA sea activada”.

En las audiencias, en efecto, se había puesto de relieve que el GCBA no puede tener conocimiento de todos los desalojos en curso solo a través de los canales de comunicación existentes, es decir las líneas telefónicas del área social (que además, según se denunciaba, no derivan adecuadamente las llamadas ni establecen una acción de intervención) y, en el caso de los desalojos notificados, la casilla de correo de la Procuración o la mesa entradas del GCBA.

En cuanto a la Resolución Nº 237- SECISYAI/22, a través de la cual el GCBA aprobó el “Mecanismo de Comunicación para la Asistencia ante la Emergencia y Desalojo”, la jueza destacó que ésta no prevé “un canal específico de comunicación, diferenciado de los contactos utilizados para el resto del territorio de la Ciudad ni que se refieran de modo exclusivo a los desalojos o emergencias en el área”. Además, la misma tampoco “especifica cuál es el plazo ni forma en que la Administración otorgará respuesta a los requerimientos de asistencia en los casos de desalojos inminentes o programados que no hayan sido comunicados por los juzgados intervinientes”.

En el caso de las emergencias, esta Resolución sólo establece que si se recibe una comunicación a través de las vías generales de atención, ello se debe poner en conocimiento inmediato al BAP. A su vez, en cuanto a los desalojos sin notificación fehaciente y a realizarse de modo inmediato, se pone a disposición la línea 108, que debe activar la asistencia del BAP dentro de los 120 minutos y la posterior articulación con las demás áreas de gobierno. Sin embargo, como planteó la magistrada, en las audiencias se denunció que la línea 108 no deriva adecuadamente las llamadas y, además, sólo se contempla así “una derivación interna de los llamados, no un modo de comunicación diferenciado”. Ello, cuando la propia Administración ha reconocido que se necesitaría un canal individualizado y diferenciado de atención (incluso habiendo ofrecido en las audiencias, como destacó la jueza, un enlace personal con las personas afectadas por el desalojo, “mientras que en la resolución no hay respuesta directa ni vinculo, agente o funcionario/a disposición)”.

Por último, respecto a los desalojos comunicados con antelación y con fecha de lanzamiento prevista, el Mecanismo del GCBA establece que, en forma previa al efectivo desalojo, se realizará un relevamiento de las personas que viven en el domicilio (para que se les brinde la información, orientación y/o derivación necesaria) y un informe con la identificación del/de la solicitante y el destino (programa) al cual se le podría derivar. Al respecto, señaló la magistrada de la norma  “no surge cuál será el canal habilitado para denunciar de modo anticipado los desalojos que cuenten con fecha cierta ni si existencia requisitos específicos para dar trámite a tales comunicaciones, ni responsables a cargo. (…) Tampoco se ha establecido plazo alguno para efectuar el relevamiento”.

Para finalizar, la magistrada sí destacó que “el mecanismo implementa la presencia de un móvil dependiente de la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata con el objetivo de identificar y asistir a los vecinos dentro de los polígonos detallados, lo cual sí constituye, a su entender, una acción adicional y específica de atención en el polígono”.

Si bien resta ver cómo se resolverá la cuestión de fondo planteada en este amparo colectivo, cabe destacar la importancia de la medida cautelar que ha sido dictada por la magistrada, pues significa un avance en la reivindicación del derecho a la vivienda de los vecinos del barrio de La Boca.

 

 

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Condenados a prisión perpetua por matar a un policía retirado

Se trata de tres jóvenes que el 18 de febrero de 2021, alrededor de las 20 horas en su pasa de la calle Rio Limay 1357 del barrio porteño de Barracas, la justicia por intermedio el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 20, presidido por la jueza Patricia Mallo e integrado por sus colegas Adolfo Calvete y Diego Leif Guardia, tras un juicio oral que comenzó a principios de marzo y ahora los condena definitivamente con esta dura pena.

Los tres jóvenes fueron condenados a prisión perpetua y otra muchacha a 17 años de cárcel por el crimen del policía federal retirado Alfredo Poggetti, asesinado de un tiro en la cabeza durante el inicio de una fallida entradera ocurrida hace dos años en el barrio porteño de Barracas, informaron este viernes fuentes judiciales.

Juicio oral para los acusados de asesinar a un policía retirado en Barracas

En el fallo se establece que Leandro Javier Berón de Astrada (21) junto a sus dos amigos de nacionalidad paraguaya, Kevin Andrés Limenza González (22) y Luis Enrique Palacios Estigarribia (20), fueron condenados a prisión perpetua.

los detenidos fueron señalados como coautores del delito de “homicidio criminis causae agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con robo doblemente agravado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda, y mediante la utilización de arma de fuego”, tal cual había solicitado el fiscal de juicio Carlos Eduardo Gamallo.

 

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Barracas: Protesta de trabajadores de Clarín por despidos masivos

Entre la noche del sábado y la mañana del domingo 16 de abril, trabajadores de Clarín recibieron mails de despidos y otros se enteraron al querer ingresar a las instalaciones, en diario de mayor circulación se vive una nueva ola de despidos masivos, de la que se enteraron sus trabajadores al querer ingresar a AGEA no poder hacerlo. Otros, directamente lo vieron en sus mails firmados por el vicepresidente del Grupo Clarín y director general de AGEA, Héctor Aranda, por lo que comenzaron a comunicarse con otros compañeros de trabajo para saber “quién zafó y quién no”.

En Barracas en el ingreso al edificio de Tacuarí 1842, se vivieron momento de extrema tensión y el edificio del multimedio se encuentra vallado y se bloquearon las cuentas de ingreso al medio de los periodistas y fotógrafos despedidos. Según los rumores, son 48 despedidos en total: 40 de redacción.

Este domingo el Ministerio de Trabajo dictó la conciliación obligatoria entre Clarín y trabajadores despedidos, la cartera que dirige Kelly Olmos llamó a las partes a una audiencia para este lunes a las 14.30. Una asamblea de dirigentes y delegados sindicales de prensa realizada a las puertas de Clarín dispuso un paro general de actividades en reclamo de la reincorporación de esos trabajadores.

El Ministerio de Trabajo dictó la conciliación obligatoria por 15 días hábiles por los “despidos injustificados” de “al menos 48 trabajadores” del Grupo Clarín, según denunciaron integrantes de la comisión interna del medio y del Sindicato de Prensa de Buenos Aires (Sipreba).

 

 

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Juicio oral a 18 acusados por el incendio de Iron Mountaim

El día miércoles 12 la jueza de instrucción Fabiana Palmaghini decidió enviar a juicio oral y público a 18 acusados por el incendio del depósito del barrio de Barracas de la empresa “Iron Mountain” en la que murieron ocho bomberos y dos rescatistas de Defensa Civil cuando se derrumbó una pared del lugar mientras buscaban apagar el fuego. La magistrada rechazó una serie de empleados de los acusados y dio por cerrada la investigación.

La justicia investiga el incendio del depósito de la empresa, ocurrido en febrero de 2014 en el barrio porteño de Barracas. Dieciocho imputados, entre directivos y ex funcionarios porteños, llegarán al banquillo por el siniestro que provocó la muerte de ocho bomberos y dos miembros de la Dirección de Defensa Civil del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Nueve años después la magistrada tomo la decisión tras un fallo de diciembre pasado de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal que confirmó los procesamientos de todos los imputados. Entre los imputados, figuran directivos de la empresa y exfuncionarios de la Dirección General de Fiscalización y Control del gobierno porteño, como así también un empleado de seguridad de Iron Mountain que estaba en funciones cuando se inició el incendio.

El hecho ocurrió en la mañana del 5 de febrero de 2014, cuando la propagación de un incendio desatado en el depósito que la firma Iron Mountain tenía en Azara 1245, provocó que la estructura metálica (columnas y cabriadas) que sostenía el techo comenzara a ceder por las altas temperaturas y derrumbara la pared de la calle Jovellanos.

Como consecuencia del incendio, fallecieron el comisario inspector Leonardo Day, la subinspectora Anahí Garnica, los cabos Carlos Veliz, Eduardo Adrián Conesa y Maximiliano Martínez, el agente Juan Matías Monticelli (del Cuartel I de Bomberos de la Policía Federal), los bomberos voluntarios Sebastián Ezequiel Campos y Facundo Ricardo Ambrosi (cuartel Vuelta de Rocha) y los rescatistas de Defensa Civil, Pedro Esteban Barícola y Jose Mendez Araujo.

 

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Martínez el ex DT del futbol femenino de Boca se presentó ante la Justicia

En el marco de la denuncia y causa iniciada por ante la Justicia, por la jefa de prensa del plantel femenino, Florencia Marco, el denunciado Jorge “El Negro” Martínez acudió espontáneamente a la Fiscalía número 22 junto a su abogado, Ángel Javier Romero, para ofrecer los medios de prueba que pudieran ayudar a esclarecer el marco de la investigación.

El ex futbolista de Boca Juniors y hasta unos días técnico del plantel femenino se presentó espontáneamente a la Fiscalía número 22 junto a su abogado, Ángel Javier Romero, para ofrecer los medios de prueba que pudieran ayudar a esclarecer el marco de la investigación.

Al salir de la fiscalía el abogado de Martinez expresó “Mi defendido está muy angustiado por esta situación, hablé con él y con su familia, y es el deseo de ellos colaborar en un todo con la justicia. Vamos a aportar prueba que demuestra la falsedad de esta denuncia. No tengo dudas que quedará probada su inocencia”

Por su parte Marco hablo con los medios en la puerta del juzgado y señaló “En este momento estoy de licencia. En lo personal estoy muy conmovida, pero tranquila de que estoy diciendo la verdad y que por suerte esta persona no está más en contacto con mujeres y menores. En lo humano estoy muy bien porque estoy acompañada por ustedes, colegas y compañeros. Me siento acompañada. Boca es mi casa hace 11 años, me siento triste y dolida porque pensé que me iban a cuidar y proteger”.

La denuncia quedó radicada en la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°22, a cargo del fiscal Eduardo Cubría, y fue caratulada como “abuso sexual simple”, un delito que prevé penas de seis meses a cuatro años de prisión.

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Operativo de Cercanía en La Boca

Se llevó a cabo un nuevo Operativo de Cercanía en el barrio de La Boca, en el que participaron la Comuna 4, y el Ministerio Público de la Defensa, asesorando a los vecinos y vecinas sobre los trámites comunales y orientación a la salud.

Desde la comuna se informó que también estuvieron difundiendo las obras que realizamos en el barrio y conversando con los vecinos y vecinas para que nos consulten y conozcan todo lo que estamos haciendo en la Comuna.

Por su parte el Ministerio Público de la Defensa (MPD) informó sobre su actividad de  asistencia a todas las personas que habitan la Ciudad de Buenos Aires, con el objetivo de garantizar sus derechos económicos, sociales y culturales. En especial, atiende a los grupos sociales más vulnerables que tienen menores posibilidades de acceso a los servicios públicos.

La Comuna 4 esta integrada por los barrios de La Boca donde se desarrollo el operativo, Parque Patricios, Barracas y Nueva Pompeya.

El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (MPD CABA) forma parte del Poder Judicial de la Ciudad. Su función es promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.

El MPD es una de las tres ramas del Ministerio Público, creado por el artículo 124 de la Constitución local, junto con la Fiscalía General y la Asesoría General Tutelar. Este Ministerio Público vela por que el servicio de administración de justicia cumpla y promueva las garantías constitucionales y el derecho de libre acceso a la justicia. Para ello, goza de autonomía funcional y autarquía dentro del Poder Judicial local y su funcionamiento está regulado por las leyes locales N° 7 y 1903.

En el Poder Judicial de la Ciudad funcionan a su vez dos fueros, a cargo de tramitar las distintas causas judiciales: el Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo (CATyRC) y el Penal, Contravencional, de Faltas y Penal Juvenil (PCFy PJ).

 

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Garrahan: Jornada sobre desigualdad en el mundo del trabajo

Con gran participación, se llevó a cabo en el hospital Garrahan del barrio porteño de Parque Patricios  se llevó a cabo un encuentro para promover la igualdad de derechos y evitar la discriminación de las personas travestis, transexuales y transgénero en el mundo laboral.

La iniciativa fue organizada por la Gerencia de Recursos Humanos junto a la Coordinación de Acceso al Empleo para personas Travestis, Transexuales y Transgéneros, dependiente del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad.

Estos talleres para el personal del Hospital se realizan en el marco de la Ley 26.743 de Identidad de Género y la Ley 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán- Lohana Berkins” con el objetivo de garantizar la implementación de políticas públicas con perspectiva de género y diversidad, ofrecer información y herramientas que contribuyan a la transversalización de la perspectiva de género y diversidad sexual en los ámbitos laborales.

“Desde la Unidad de Géneros nos parece importante brindar estos espacios de sensibilización y capacitación en el Hospital porque ofrece herramientas para que las personas travestis y trans que se incorporan a la institución no sufran situaciones de exclusión o discriminación y garantizarles igualdad de condiciones de trabajo”, destacó Verónica Cristiani, supervisora de la Unidad de Géneros.

Durante el encuentro, donde participaron 60 trabajadoras y trabajadores, hubo intercambio de experiencias y se abordaron temas como las trayectorias de vida de la población travesti y trans en el país, el contenido de las leyes 26.743 y 27.636, y se analizaron situaciones de discriminación que viven algunas personas del colectivo: “Los prejuicios vienen de la ignorancia, por eso es tan importante capacitar, visibilizar y deconstruir”, sostuvo la docente Melina Mazzarotti.

“Fue una jornada muy productiva con gran participación de las y los asistentes, estamos contentas con los resultados”, dijo Cinthia Pili, coordinadora de Acceso al Empleo para personas Travestis, Transexuales y Transgéneros.

Con estos talleres se busca promover la reflexión y problematización de las desigualdades estructurales de personas trans y travestis para la construcción de una cultura laboral libre de violencias y discriminación, favoreciendo ambientes inclusivos, equitativos y de respeto hacia la diversidad.

 

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Otro insólito fallo que favorece a Barracas en su estadio

La lista es interminable de “errores arbitrales” que favorecen a Barracas Central en especial en su estadio de Olavarría y Luna, cabe destacar que todos ellos se registraron bajo la existencia del “VAR” como sistema de control del juego.

En el último partido disputado por Barracas ante Platense ni el árbitro, ni el VAR hicieron lo que se debía hacer y perjudicaron al equipo de Saavedra. Alexis Domínguez, delantero del “Guapo”, rechazó una pelota con su antebrazo en el triunfo sobre “El Calamar”, en lo que era un claro penal que no fue sancionado por Ariel Penel ni advertido por el VAR, inexplicablemente.

El único tanto del encuentro llegó a los 16 minutos del primer tiempo a través de Nicolás Capraro, que anticipó de cabeza al arquero Ramiro Macagno en una pelota parada.

Penel y el VAR (a cargo de Lucas Novelli) no vieron dos claros penales a favor del “calamar”, uno en la primera parte y otro en el complemento, lo que generó el enojo del entrenador Martín Palermo y de todo el equipo visitante.

La jugada tuvo lugar en el minuto 30 del segundo tiempo, cuando el local ya lo ganaba 1 a 0 y el visitante iba por el empate. Tras un corner ejecutado por Alexis Sabella, la pelota dio claramente en el brazo extendido de Alexis Domínguez, quien no alcanzó a despejar con la cabeza y el balón le rebotó cerca del hombro.

La mala para el Guapo fue que al terminar el partido su DT el relator Rodolfo De Paoli decidió abandona el club el segundo ciclo de “Rodo” como entrenador de Barracas Central había comenzado en agosto de 2022, periodo en el que dirigió 25 partidos y obtuvo ocho victorias, nueve derrotas y ocho empates (42% de efectividad).

 

 

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